Sentencia N° 1584 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1584, Exp. 15-1183, 10/12/2015
Expediente15-1183
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-12-10
DecisiónINCOMPETENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la presente sentencia, declara su incompetencia para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Leonardo Antonio Joyo Colina en representación de Eleuterio Antonio Joyo Jerez, contra la omisión de pronunciamiento del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas. La Sala determina que la competencia corresponde a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, declinando así la solicitud presentada. La decisión se fundamenta en la normativa vigente que establece el régimen competencial para conocer de las acciones de amparo constitucional.
Dispositiva
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional, interpuesta por el abogado Leonardo Antonio Joyo Colina, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Eleuterio Antonio Joyo Jerez, contra la omisión de pronunciamiento que le atribuye al Juzgado Segundo en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas. SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA en la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, para que conozca y resuelva, en primera instancia, la presente demanda de amparo. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparocompetenciajurisdicciónderechosgarantíasCorte de Apelaciones