Sentencia N° 1581 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de junio de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 1581, Exp. 03-1238, 12/06/2003
Expediente03-1238
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2003-06-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa interpuesta por los abogados en contra de la Asamblea Nacional. Los accionantes argumentan que la falta de designación del quinto miembro del Consejo Nacional Electoral por parte de la Asamblea Nacional constituye una violación a la Constitución y afecta los derechos colectivos de los venezolanos. Sin embargo, la Sala concluye que lo que se pretende es que la Asamblea ejecute un acto emanado de ella misma, lo que no se ajusta a la naturaleza de la acción de inconstitucionalidad por omisión.
Extracto de la motiva
La acción de inconstitucionalidad por omisión es concebida por la doctrina extranjera como una institución jurídica procesal mediante la cual se demanda la declaratoria de inconstitucionalidad de un órgano del Poder Público que ha omitido cumplir un deber concreto que la Constitución le asigna. En este sentido, la Sala Constitucional establece que la legitimación activa para el ejercicio de esta acción recae en cualquier persona, natural o jurídica, lo que permite a los ciudadanos actuar en defensa de la Constitución. Sin embargo, en el presente caso, se determina que no se está ante una acción de inconstitucionalidad por omisión, sino que se busca que la Asamblea Nacional ejecute un acto que ya le corresponde, lo que lleva a la inadmisibilidad de la solicitud.
Dispositiva
Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa interpuesta por los abogados CARLOS ALBERTO GUEVARA SOLANO, WALTER ARANGUREN y LOURDES MILDRED RAY SUÁREZ en contra de la Asamblea Nacional. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
inconstitucionalidadomisión legislativaAsamblea NacionalConsejo Nacional Electoralderechos colectivosacción popularvacío institucional