Sentencia N° 1577 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de noviembre de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1577, Exp. 09-0960, 19/11/2009
Expediente09-0960
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-11-19
DecisiónORDENA oficiar al Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de amparo constitucional interpuesto por la abogada Belkis Alvarado en representación de Bárbaro Luis García Martínez, contra una decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. La decisión impugnada había declarado sin lugar la solicitud de nulidad absoluta formulada por la defensa y ordenó devolver la causa al Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control para corregir un error material en el acta de audiencia.
Extracto de la motiva
Ahora bien, de la revisión de las actas que conforman el expediente la Sala puede apreciar que en la decisión impugnada por vía de amparo, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida acordó devolver la causa penal seguida contra el ciudadano Bárbaro Luis García Martínez, al Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del señalado Circuito Judicial para que procediera al saneamiento –mediante la rectificación del error material cometido- del acta “(…) levantada en fecha (sic) 15 de agosto de 2008, con motivo de la celebración de la Audiencia Oral de Calificación de Aprehensión en Situación de Flagrancia (sic)”.
Dispositiva
ORDENA oficiar al Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, para que dentro de los cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, más siete (07) días del el término de la distancia correspondiente, informe detalladamente –con prueba certificada de ello- respecto del estado del juicio seguido contra el ciudadano BÁRBARO LUIS GARCÍA MARTÍNEZ, así como del cumplimiento de la orden de saneamiento dada al Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del mismo Circuito, so pena de incurrir en las infracciones señaladas en el numeral 2 del artículo 23 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.