Sentencia N° 1576 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de octubre de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 1576, Exp. 14-1023, 18/11/2014
Expediente14-1023
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-10-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Alejandro Pacheco en representación de Christian Holdack, debido a la falta de legitimación del abogado para actuar en nombre del ciudadano. La decisión se basa en que no se presentó el documento que acreditara la representación del abogado, ni el acta de juramentación correspondiente. La Sala reafirma que la falta de legitimación es una causal de inadmisibilidad que debe ser declarada de oficio.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el abogado Alejandro Pacheco, en representación del acusado Christian Holdack, denunció la violación a sus derechos a dirigir peticiones, a obtener oportuna y adecuada respuesta y a la salud, con fundamento en los artículos 26 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que habrían sido lesionados por la Jueza Vigésimo Octava de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, cuando omitió pronunciamiento respecto de cinco solicitudes que interpuso la defensa en el transcurso de la causa que se seguía en contra del acusado, las cuales se referían al estado de salud del procesado y a la posibilidad de realizarle exámenes médicos. La Sala n.° 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas declaró inadmisible la pretensión de amparo, por falta de legitimación del abogado actor, ya que el profesional del derecho Alejandro Pacheco no habría acreditado su condición de defensor del ciudadano Christian Holdack, bien mediante copia certificada de documento poder o bien mediante copia del acta de juramentación ante el juez de la causa. Contra la decisión de la primera instancia constitucional apeló -pura y simplemente- el abogado actor.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE –por falta de representación- la apelación. En consecuencia, FIRME la sentencia que dictó, el 30 de septiembre de 2014, la Sala n.° 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declaró INADMISIBLE la demanda de amparo que interpuso el abogado Alejandro Pacheco, quien dijo actuar en representación de ciudadano CHRISTIAN HOLDACK, contra el Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal en referencia.