Sentencia N° 1570 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de noviembre de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 1570, Exp. 13-0753, 12/11/2013
Expediente13-0753
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-11-12
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de PFIZER VENEZUELA S.A. contra la sentencia N° 1638 de la Sala Político Administrativa, que declaró con lugar la apelación del Fisco Nacional. La empresa argumentó que no existía obligación de retener impuestos sobre dividendos debido a la falta de pago efectivo. Sin embargo, la Sala concluyó que la retención debía hacerse al momento del decreto de dividendos, y que la empresa había condicionado el pago a la aprobación de divisas por CADIVI, lo que afectó su obligación tributaria. Finalmente, la Sala declaró no ha lugar la solicitud de revisión.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la contribuyente al haber condicionado el decreto de dividendo y por ello diferir el pago o abono en cuenta que se hace al deudor del gasto en una cuenta a nombre de una persona jurídica o natural de una cantidad determinada en los Balances Generales, aun cuando fueron tomados en cuenta en las Notas a los Estados Financieros de tales Balances Generales, tal actuación eludió la carga tributaria, afectando con ello los resultados económicos que constituyen el hecho generador del tributo, a saber, la obligación de enterar y pagar a la Administración Tributaria la retención del impuesto sobre la renta del dividendo, el cual para el presente caso ocurrió al momento que fue decretado el mismo, en la Asamblea Ordinaria de Accionistas del 3 de agosto de 2005, tal como fue denunciado por la representación fiscal.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por la sociedad mercantil PFIZER VENEZUELA S.A., contra la sentencia N° 1638, dictada por la Sala Político Administrativa de este Máximo Tribunal el 29 de noviembre de 2011. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

retención de impuestosdividendosCADIVIfiscalrevisión constitucional

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