Sentencia N° 1570 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de agosto de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1570, Exp. 06-0660, 08/08/2006
Expediente06-0660
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2006-08-08
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la apelación interpuesta por el Hospital Clínicas Caracas, C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Cuarto que había declarado sin lugar la acción de amparo constitucional. La Sala argumenta que la parte accionante no agotó las vías ordinarias para hacer valer sus derechos, lo que convalida las actuaciones en el juicio principal. Además, se establece que las sentencias que se impugnaban habían quedado sin efecto por la perención de la instancia, lo que lleva a la inadmisibilidad de la acción de amparo.

Extracto de la motiva

En virtud de la anterior declaratoria, y por cuanto el auto de admisión dictado por esta Alzada, en fecha 28 de septiembre de 2005, suspende los efectos de la medida cautelar innominada decretada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 11 de abril de 2005, esta Alzada levanta el decreto de suspensión de los efectos de dicha medida, y así se decide.

Dispositiva

SIN LUGAR la apelación interpuesta contra la sentencia dictada el 6 de abril de 2006 por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la presente acción de amparo constitucional. REVOCA la sentencia apelada que declaró sin lugar la acción de amparo interpuesta por HOSPITAL CLÍNICAS CARACAS, C.A. contra las decisiones dictadas el 21 de diciembre de 2004 y el 11 de abril de 2005 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta contra las sentencias dictadas el 21 de diciembre de 2004 y el 11 de abril de 2005 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo previsto en el cardinal 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos a la defensadebido procesoperención de instanciaquerella interdictalmedida cautelaracción de amparo

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