Sentencia N° 1569 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de noviembre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1569, Exp. 13-1042, 18/11/2014
Expediente13-1042
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-11-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un expediente relacionado con un recurso de apelación en un procedimiento de amparo constitucional. El caso involucra a la sociedad mercantil Porcicría, S.A. contra la ciudadana Paola Esperanza Oviedo Avellaneda. La Sala, al no recibir las actuaciones solicitadas, decide oficiar nuevamente al juzgado correspondiente para que remita el expediente necesario para continuar con el pronunciamiento del recurso de apelación.

Extracto de la motiva

Ahora bien, esta Sala, visto que a la fecha no se han recibido las actuaciones solicitadas, las cuales son necesarias para hacer un pronunciamiento ajustado a derecho respecto al recurso de apelación ejercido, estima conveniente oficiar, nuevamente, al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira para que, dentro de los cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, remita a esta Sala copia certificada del expediente contentivo del juicio que, por cumplimiento de contrato, intentó Porcicría, S.A., contra la ciudadana Paola Esperanza Oviedo Avellaneda. Igualmente, se advierte que el incumplimiento de la orden será sancionada con la multa establecida en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que prevé lo siguiente: Artículo 122. Las Salas del Tribunal Supremo de Justicia sancionarán con multa equivalente hasta doscientas unidades tributarias (200 U.T.) a las personas, funcionarios o funcionarias que no acataren sus órdenes o decisiones, o no le suministraren oportunamente las informaciones, datos o expedientes que solicitare de ellos, sin perjuicio de las sanciones penales, civiles, administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, ORDENA oficiar al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para que, dentro de los cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, remita a esta Sala copia certificada del expediente contentivo del juicio que, por cumplimiento de contrato intentó PORCICRÍA, S.A. contra la ciudadana Paola Esperanza Oviedo Avellaneda, “so pena” de incurrir en la infracción señalada en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese, regístrese y cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalcumplimiento de contratoprocedimientojusticiatribunal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca