Sentencia N° 1569 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de noviembre de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 1569, Exp. 13-0703, 12/11/2013
Expediente13-0703
PonenteGladys María Gutiérrez Alvarado
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-11-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó una sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que había declarado con lugar un recurso de apelación interpuesto por el Consejo Nacional Electoral. La solicitante, María del Valle Velásquez, había sido removida de su cargo y solicitó la revisión de dicha decisión. La Sala constató la falta de documentación necesaria para decidir y ordenó al Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo remitir el expediente correspondiente.

Extracto de la motiva

Visto que en el presente caso se solicita la revisión de una decisión dictada, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, la cual declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación del Consejo Nacional Electoral contra el fallo dictado, el 25 de julio de 2011, por el Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital y declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la solicitante en revisión, contra el acto administrativo dictado por dicho organismo electoral de removerla de su cargo el 14 de septiembre de 2006, conforme al artículo 69 del Reglamento Interno del Consejo Supremo Electoral, todo ello ante la presunta contravención a lo dispuesto por la jurisprudencia de esta Sala Constitucional; y visto que, no consta en el presente expediente la decisión dictada, el 25 de julio de 2011, por el Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, ni el acto administrativo que dio origen a la interposición del recurso contencioso funcionarial ejercido contra el acto administrativo del Consejo Nacional Electoral, ni el Reglamento Interno del Consejo Supremo Electoral, ni la Resolución Nº 940601-122, del 1° de junio de 1994, esta Sala estima necesario requerir al Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital –al cual la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo ordenó devolver la causa-, remita a esta Sala Constitucional copia certificada del expediente signado con el N° 2888-10, contentivo del recurso contencioso funcionarial interpuesto por la ciudadana María del Valle Velásquez contra el acto administrativo dictado, el 15 de agosto de 2006, por el Consejo Nacional Electoral.

Dispositiva

En consecuencia, esta Sala, conforme lo previsto en la parte in fine del artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ordena al Juez a cargo del Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, que en el término de los tres (3) días siguientes a la recepción del presente auto, remita la información supra solicitada. Es de advertir que la omisión de remitir la información requerida, pudiera acarrear la aplicación de la sanción prevista en el artículo 122 eiusdem. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

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