Sentencia N° 1569 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de noviembre de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1569, Exp. 09-0520, 19/11/2009
Expediente09-0520
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2009-11-19
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara NO HA LUGAR la revisión constitucional solicitada por Ismar Antonio Maurera Perdomo, quien impugnó la sentencia N° 1.111 de la Sala Político Administrativa. Esta última había declarado inadmisible la acción de amparo constitucional ejercida en forma cautelar, argumentando que la violación alegada al derecho de petición había cesado. La Sala Constitucional reafirma que la acción de amparo cautelar es inadmisible si no existe una lesión actual o inminente.

Extracto de la motiva

Conforme a las anteriores consideraciones, resulta pertinente indicar que la violación alegada al derecho de petición quedó satisfecha el 13 de agosto de 2007, por lo que la lesión que origina la presente solicitud de amparo ha cesado; siendo tal cesación una causal de inadmisión expresamente contenida en el numeral 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. En consecuencia, resulta inadmisible la acción de amparo propuesta de conformidad con lo establecido en el artículo 6, numeral 5, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la revisión constitucional interpuesta por el ciudadano ISMAR ANTONIO MAURERA PERDOMO, titular de la cédula de identidad N° 10.804.521, asistido por el abogado Carlos Luis Hernández, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 10.287, de la sentencia N° 1.111 del 1 de octubre de 2008.

Palabras clave

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