Sentencia N° 1563 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de abril de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1563, Exp. 04-2113, 11/11/2009
Expediente04-2113
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-04-21
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Norkis Beatriz González de Siso contra la decisión del Juzgado Superior Laboral que declaró sin lugar un recurso de apelación. La Sala consideró que la inactividad de la parte actora por más de seis meses evidenció un decaimiento del interés en la causa, lo que llevó a la calificación de abandono del trámite. Sin embargo, se determinó que no existían los supuestos para considerar el abandono, ya que la parte actora había realizado gestiones para la celebración de la audiencia oral.
Extracto de la motiva
La inactividad de la parte actora por un tiempo mayor de seis meses, determinó en la presente causa el decaimiento del interés en la misma. Ahora bien, con relación a la institución del orden público como excepción al cumplimiento de ciertas normas relacionadas con los procesos de amparo constitucional, pasa esta Sala a citar el criterio contenido en la decisión n° 1207 del 06 de julio de 2001, caso: Ruggiero Decina, en la cual se señaló lo siguiente: '...esta Sala considera necesario aclarar el sentido del concepto de ‘orden público’ a que se refiere la sentencia del 1 de febrero de 2000 (caso: José Amado Mejía Betancourt), al establecer como excepción a la terminación del procedimiento de amparo por falta de comparencia del...'
Dispositiva
Por las razones expuestas salvo el voto en el presente fallo, al considerar que no están dados los supuestos para que se califique el abandono del trámite y por ende, se dé por terminado el procedimiento de amparo.