Sentencia N° 1562 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de julio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1562, Exp. 07-0826, 20/07/2007
Expediente07-0826
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-07-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por los defensores de César Eduardo Esqueda, quien solicitó una medida cautelar sustitutiva de libertad. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la acción de amparo, argumentando que existían medios ordinarios para impugnar la decisión del Tribunal Noveno de Control que negó la medida cautelar. La Sala confirmó la decisión de inadmisibilidad, considerando que la acción de amparo no era procedente debido a la existencia de otros recursos legales disponibles.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional fue interpuesta contra la decisión dictada, el 18 de diciembre de 2006, por el Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, que le negó una medida cautelar sustitutiva al ciudadano César Eduardo Esqueda, quien, a través de su defensa técnica, la había solicitado de conformidad con lo señalado en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. En efecto, sostuvo la parte actora que había solicitado, el 29 de noviembre de 2006, la revisión de la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada al ciudadano César Eduardo Esqueda, toda vez que tenía un (1) mes y veinte (20) días privado de su libertad, siendo perfectamente factible que variaran las circunstancias por las cuales fue limitada su libertad, y, además, por cuanto había concluido la fase de investigación del proceso penal. En tal sentido, se alegó que dicha petición fue negada en forma general, sin que estuviese fundamentada, lo que a juicio de los abogados accionantes vulnera el derecho a la libertad personal y la presunción de inocencia, en virtud de que se contraría el criterio asentado por esta Sala en sentencia N° 1998, del 22 de noviembre de 2006, al no realizarse una valoración de las 'circunstancias particulares del caso', cuando no se otorgó la medida cautelar sustitutiva.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por los defensores privados del ciudadano César Eduardo Esqueda. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada, el 21 de mayo de 2007, por la Corte de Apelaciones Accidental del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, que declaró inadmisible la demanda de amparo constitucional propuesta contra la decisión dictada, el 18 de diciembre de 2006, por el Tribunal Noveno de Control del mismo Circuito Judicial Penal. Publíquese y regístrese. Remítase el presente expediente al Tribunal de origen.

Palabras clave

amparo constitucionalmedida cautelarlibertad personalpresunción de inocenciaC.O.P.P.César Eduardo EsquedaCorte de ApelacionesTribunal Noveno de Control

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