Sentencia N° 156 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de marzo de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 156, Exp. 09-0054, 05/03/2009
Expediente09-0054
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2009-03-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de revisión constitucional presentada por Elliot Godoy Codrington, quien alegó violaciones a su derecho a la defensa en un juicio previo. La sentencia impugnada, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia, había declarado con lugar la resolución de un contrato de compraventa y el pago de daños y perjuicios. La Sala consideró que el juzgado había omitido la citación de herederos del demandado, lo que afectó el debido proceso y el derecho a la defensa del solicitante.

Extracto de la motiva

Visto que en el presente caso, el solicitante requiere a esta Sala que tutele preventivamente su situación jurídica hasta tanto se dicte sentencia definitiva en el presente caso, mediante la suspensión cautelar de los efectos jurídicos del pronunciamiento jurisdiccional sometido a revisión de esta Sala Constitucional, cual es la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 26 de septiembre de 2003, en la causa civil supra identificada. Visto que el mencionado fallo agota el doble grado de conocimiento jurisdiccional sobre la controversia civil que se ventila y en virtud de su carácter definitivo y de la cosa juzgada formal que dimana de dicho pronunciamiento, el mismo forma parte del elenco de decisiones susceptibles de ser revisadas por esta Sala a través de la potestad de revisión que le reconoce el artículo 336.10 de la Constitución de la República de Venezuela, el artículo 5.16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y que ha sido desarrollado en su sentencia N° 93 del 6 de febrero de 2001, caso: “Corpoturismo”, siendo por tanto esta Sala la competente para la tramitación y decisión de la presente solicitud de revisión.

Dispositiva

1.- COMPETENTE y ADMITE la solicitud de revisión ejercida conjuntamente con solicitud cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano ELLIOT GODOY CODRINGTON, asistido por el abogado Carmine Romaniello, ya identificados, de la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 26 de septiembre de 2003, que declaró: (i) con lugar “(…) la pretensión del actor (sic), y en consecuencia, resuelto el contrato de compraventa celebrado con la parte demandada, autenticado con fecha cuatro (04) de Marzo de 1997, por ante la Notaría Pública Vigésima del Municipio Libertador del Distrito Federal, condenándose al demandado a reintegrar al actor (sic) el precio de venta pactado por el inmueble, es decir, la cantidad de Bs. 6.000.000,00” y (ii) procedente “(…) el pago de la cantidad de Bs. 9.500.000,00, por concepto de daños y perjuicios ocasionados, en la forma especificada en el libelo de la demanda”, en el marco del juicio seguido por la ciudadana Flor Marina Mejías de González contra el ciudadano José Leoncio Díaz, por resolución de contrato de compraventa y pago de daños y perjuicios. 2.- SUSPENDE cautelarmente, y hasta tanto se decida la procedencia de la solicitud de revisión, los efectos jurídicos del pronunciamiento jurisdiccional sometido a la revisión de esta Sala, así como la suspensión de todos los actos procesales subsiguientes tendentes a su ejecución, inclusive la medida de embargo ejecutivo decretada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 23 de mayo de 2005.

Palabras clave

revisión constitucionalderecho a la defensadebido procesocontrato de compraventadaños y perjuiciosherederoscitación por edictos

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