Sentencia N° 1558 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de noviembre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1558, Exp. 14-0150, 14/11/2014
Expediente14-0150
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2014-11-14
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de apelación interpuesto por los abogados Santos Pacheco y Ylemar Ascanio de Albarrán en representación de Carlos César Velásquez Boyer. El recurso fue declarado extemporáneo, ya que fue presentado fuera del lapso de tres días establecido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la acción de amparo por no existir violación a derechos constitucionales y por no observarse retardo en el trámite del recurso de apelación.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que la apelación interpuesta el 17 de enero de 2014 por los abogados Ylemar Ascanio de Albarrán y Santos Pacheco en su condición de defensores privados del ciudadano Carlos César Velásquez Boyer, se hizo fuera del lapso de tres días que prevé el citado artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por lo que dicha impugnación resulta extemporánea. En consecuencia, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación ejercido por los abogados Ylemar Ascanio de Albarrán y Santos Pacheco, en su condición de defensores privados del ciudadano Carlos César Velásquez Boyer, contra el fallo dictado el 9 de enero de 2014 por la Corte de Apelaciones de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, que declaró inadmisible la acción de amparo que interpuso el mismo accionante contra el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Función de Control N° 4 del Circuito Judicial de Estado Guárico, San Juan de los Morros, por el supuesto retraso en el trámite del recurso de apelación signado con el número JP01-R-2013-326, en la causa penal seguida contra el referido ciudadano por la presunta comisión del delito de violencia sexual agravada.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación ejercido por los abogados Ylemar Ascanio de Albarrán y Santos Pacheco, en su condición de defensores privados del ciudadano CARLOS CÉSAR VELÁSQUEZ BOYER, contra el fallo dictado el 9 de enero de 2014 por la Corte de Apelaciones de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, la cual se declara firme. Publíquese y regístrese. Devuélvase el expediente al tribunal de origen.

Palabras clave

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