Sentencia N° 1558 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de diciembre de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1558, Exp. 11-1315, 04/12/2012
Expediente11-1315
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-12-04
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por la abogada Francis Rivas Valecillos en representación del ciudadano Harrison Alexander Lemus, quien alegaba violaciones a sus derechos a la defensa, al debido proceso y a la salud. La acción de amparo fue presentada debido a la omisión del Tribunal Noveno de Primera Instancia en pronunciarse sobre una medida humanitaria solicitada para el quejoso, quien se encontraba en un estado de salud precario en un centro penitenciario.
La Sala constató que, tras la interposición de la acción de amparo, el Tribunal Tercero de Primera Instancia otorgó la libertad condicional al quejoso por medida humanitaria, lo que llevó a la conclusión de que las violaciones alegadas habían cesado. Por lo tanto, se declaró inadmisible la acción de amparo, revocando el fallo anterior y dando lugar a la apelación.
Finalmente, la Sala enfatizó la importancia de que las acciones de amparo sean admitidas solo cuando las violaciones a derechos fundamentales sean actuales e inminentes, lo que no se configuró en este caso tras la concesión de la libertad condicional.
Extracto de la motiva
Corresponde a la Sala decidir la presente apelación, para lo cual observa lo siguiente: En el caso de autos, se interpuso acción de amparo constitucional el 16 de mayo de 2011, por la Defensora Privada del ciudadano Harrison Alexander Lemus, contra el Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por presunta violación de los derechos a la defensa, al debido proceso y a la salud de su representado, en virtud de que dicho Tribunal omitió pronunciarse sobre la procedencia de la medida humanitaria requerida reiteradamente a favor del quejoso, tomando en cuenta los resultados de los exámenes de la Medicatura Forense, emitidos a tal fin; así como contra el traslado del que fue objeto el mismo hacia el Centro Penitenciario denominado Tocuyito en el Estado Carabobo. Posteriormente, el 22 de mayo de 2011, la Defensora Privada del ciudadano Harrison Alexander Lemus, interpuso una acción de habeas corpus, a favor de quejoso, solicitando su inmediata libertad. Luego, el 27 de mayo de 2011, la defensa privada del quejoso, interpuso acción de amparo constitucional contra el Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por no resolver un recurso de revocación interpuesto el 18 de mayo de 2011, por estos “Contra el auto del Tribunal de fecha 16-05-2011, que otorga la prórroga fiscal hasta el 03-05-2011”. Es así, como el 3 de junio de 2011, la Sala Accidental N° 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, procedió a la acumulación de los amparos interpuestos el 16, 22 y 27 de mayo de 2011, por la Defensora Privada del ciudadano Harrison Alexander Lemus. Luego, el 7 de junio de 2011, la referida Sala Accidental N° 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declaró inadmisible en base al artículo 6, numerales 1 y 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la presente acción, en base a las consideraciones que ya fueron explanadas con anterioridad en esta sentencia.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara CON LUGAR la apelación interpuesta, REVOCA el fallo del a quo, y declara INADMISIBLE sobrevenidamente la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Francis Rivas Valecillos, en su condición de Defensora Privada del ciudadano HARRISON ALEXANDER LEMUS, antes identificados, contra el Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por presunta violación de los derechos a la defensa, al debido proceso y a la salud de su representado. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Tribunal de origen. Déjese copia de la presente decisión.