Sentencia N° 1556 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de noviembre de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 1556, Exp. 13-0865, 14/11/2014
Expediente13-0865
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-11-14
DecisiónINADMISIBLE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por la abogada Damelys Mota en representación de Jesús Alberto Fernández, contra la sentencia dictada el 9 de agosto de 2013 por la Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda. La Sala consideró que el desistimiento de la pretensión de amparo no fue homologado debido a la falta de autorización expresa del accionante a su defensora para desistir de la acción.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el desistimiento de la acción de amparo interpuesta por la abogada Damelys Mota no puede ser homologado, ya que no consta que el accionante le haya otorgado facultad expresa para desistir del presente amparo en un instrumento poder. Por lo tanto, se declara inadmisible la pretensión de amparo interpuesta contra la sentencia dictada el 9 de agosto de 2013 por la Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda.
Dispositiva
1. NO HOMOLOGA el desistimiento de la pretensión de amparo interpuesta contra la sentencia dictada el 9 de agosto de 2013 por la Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda, planteado por la abogada Damelys Mota, quien actúa con el carácter de defensora privada del ciudadano Jesús Alberto Fernández. 2. INADMISIBLE el amparo interpuesto por la abogada Damelys Mota, actuando como defensora privada del ciudadano JESÚS ALBERTO FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad 6.931.409, contra la sentencia dictada el 9 de agosto de 2013 por la Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques.