Sentencia N° 1556 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de junio de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1556, Exp. 02-1932, 11/06/2003
Expediente02-1932
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-06-11
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Morelis De La Cruz Zárraga de Zárraga, quien impugnó la decisión del Tribunal de la Carrera Administrativa que la destituyó de su cargo. La Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo había declarado inadmisible la solicitud de amparo, argumentando que no se cumplían los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. La Sala Constitucional, tras evaluar los argumentos, decidió revocar el fallo de inadmisibilidad y declarar la acción de amparo inadmisible, fundamentándose en la falta de ejercicio del recurso de apelación previo por parte de la demandante.

Extracto de la motiva

La ciudadana Morelis De La Cruz Zárraga de Zárraga denunció en su escrito de amparo la violación de los derechos y garantías protegidos por los artículos 25 y 49 de la Constitución actual, al indicar que el desaparecido Tribunal de la Carrera Administrativa no valoró algunas de las pruebas promovidas por su representación judicial durante la etapa probatoria del procedimiento contencioso-funcionarial impulsado por la referida ciudadana contra la Resolución n° 2198, del 4/06/97, emanada del Ministerio del Trabajo, en concreto, la declaración de los ciudadanos Ana María Salazar y Juan Isabel Peraza Navas, que consta en el expediente y que apareció en el Diario Notitarde el 3 de marzo de 1997, en la que desconocen la denuncia presentada con sus nombres contra la accionante, y niegan cualquier vinculación con dicho procedimiento sancionatorio. La Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo, consideró in limine que la parte actora no se ajustó a los extremos requeridos por el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, donde se regula la acción de amparo contra decisiones judiciales, y en tal sentido expuso que no se indicó en la solicitud de tutela constitucional en qué modo el Tribunal de la Carrera Administrativa actuó fuera de su competencia, con abuso de poder y en perjuicio de los derechos o garantías constitucionales de la presunta agraviada, sólo se reflejó la inconformidad de aquella con la sentencia accionada, por lo cual declaró inadmisible la acción de amparo ejercida, sin hacer expresa referencia a ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 6 eiusdem.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, REVOCA el fallo dictado por la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo el día 20 de junio de 2002, y declara INADMISIBLE, con fundamento en la motivación contenida en el presente fallo, la acción de amparo constitucional ejercida por la ciudadana Morelis De La Cruz Zárraga de Zárraga contra la decisión dictada el 12 de noviembre de 2001 por el Tribunal de la Carrera Administrativa. Queda, en los términos expuestos, resuelta la presente consulta de ley.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos fundamentalesdebido procesodestituciónCorte Primerainadmibilidadresolución administrativa

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