Sentencia N° 155 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de agosto de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 0155, Exp. 17-0853, 16/02/2018
Expediente17-0853
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-08-07
DecisiónParcialmente Con Lugar
Resumen
La ciudadana Lenys del Valle Melo solicitó la revisión constitucional de una sentencia de la Sala de Casación Social que declaró con lugar un recurso de casación interpuesto por Avon Cosmetics de Venezuela, C.A. La demandante argumentó que la Sala no valoró adecuadamente las pruebas sobre la relación entre su enfermedad ocupacional y el incumplimiento del patrono en materia de seguridad laboral. La Sala Constitucional, al revisar el caso, determinó que la Sala de Casación Social incurrió en error al no establecer el nexo causal entre el hecho ilícito del empleador y la enfermedad de la trabajadora, lo que llevó a declarar la nulidad de la sentencia recurrida y a ordenar una nueva decisión sobre la indemnización solicitada.
Extracto de la motiva
motivación anterior esta Sala ratifica la cantidad de cien mil bolívares (Bs. 100.000,00) como indemnización por daño moral, acordada a favor de la actora, a la cual se ordena su indexación judicial, siguiendo para ello los parámetros establecidos en la sentencia IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 5 de 18 n° 444 de esta Sala, del 2 de julio de 2015 (caso: María Ysabel Justiniano Díaz y otra contra Industrias Filtros Laboratorios INFIL, C.A.), en tal sentido, la corrección monetaria aplicable a la cantidad condenada a pagar por daño moral, de cien mil bolívares (Bs. 100.000,00), se deberá efectuar atendiendo a lo previsto en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, considerándose que una vez entrado en mora el deudor de la obligación dineraria, ésta se convierte en una deuda de valor, por lo tanto, al proferirse la sentencia condenatoria del daño moral, el deudor debe dar cumplimiento voluntario a la misma, caso contrario se debe aplicar el método indexatorio por haber entrado el deudor en mora, ello con sujeción a las reglas generales de la responsabilidad civil por incumplimiento de sus obligaciones. Por lo que, de no haber cumplimiento voluntario la corrección monetaria por daño moral se calculará desde la fecha de publicación de la sentencia hasta el pago, excluyendo de dicho cálculo los lapsos sobre los cuales la causa haya estado paralizada por acuerdo
Dispositiva
Se declara parcialmente con lugar la demanda interpuesta por la ciudadana Lenys del Valle Melo Ramírez, en contra de la sociedad mercantil Avon Cosmetics de Venezuela, C.A.