Sentencia N° 1548 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de julio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1548, Exp. 07-0185, 20/07/2007
Expediente07-0185
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-07-20
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Asdrúbal Salazar Hernández en representación de Ignacio Inocencio Peña, contra una sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo. La solicitud de amparo fue presentada el 6 de febrero de 2007, pero se fundamentó en una decisión dictada el 4 de mayo de 2006, lo que excede el lapso de caducidad de seis meses establecido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. La Sala argumenta que la acción de amparo no puede ser admitida debido a que el plazo para su interposición había caducado, y no se evidencian violaciones que comprometan el orden público o las buenas costumbres. Se concluye que la acción fue presentada fuera de los plazos legales, lo que lleva a la declaración de inadmisibilidad de la misma. Finalmente, se ordena la publicación y registro de la decisión, archivándose el expediente correspondiente.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el apoderado judicial del ciudadano IGNACIO INOCENCIO PEÑA, contra la sentencia dictada el 4 de mayo de 2006, por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el apoderado judicial del ciudadano IGNACIO INOCENCIO PEÑA, contra la sentencia dictada el 4 de mayo de 2006, por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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