Sentencia N° 1548 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de julio de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 1548, Exp. 01-2554, 08/07/2002
Expediente01-2554
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-07-08
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento por abandono del trámite en una acción de amparo constitucional interpuesta por Josefina González Blanco, representada por su abogado Álvaro Ernesto Rodríguez Castillo, contra las actuaciones de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón. La Sala fundamenta su decisión en la inacción prolongada de la parte actora, que no realizó ninguna actuación en el proceso desde la presentación de la acción el 8 de noviembre de 2001 hasta la fecha de la sentencia.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la acción de amparo interpuesta por el abogado Álvaro Ernesto Rodríguez Castillo, apoderado judicial de la ciudadana Josefina González Blanco, “representante legal” de su menor hijo, contra las actuaciones de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón. Se IMPONE a la parte actora una multa por la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en la oficinas del Banco Central de Venezuela.
Palabras clave
amparo constitucionalabandonadoprocedimientoinacciónmultaCorte de ApelacionesEstado Falcónderechos constitucionales