Sentencia N° 1547 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de septiembre de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1547, Exp. 15-0996, 27/11/2015
Expediente15-0996
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-09-22
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la constitucionalidad del Decreto n.° 2.095, que prorroga el estado de excepción en varios municipios del estado Zulia. Se determinó que la Sala es competente para revisar la constitucionalidad de los decretos que declaran estados de excepción, conforme a lo establecido en la Constitución y la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción. La Sala declaró la constitucionalidad del Decreto n.° 2.013, argumentando que subsisten las circunstancias extraordinarias que justifican la medida.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, en virtud de las competencias que le confiere la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, revisó la constitucionalidad del Decreto n.° 2.095, que prorroga el estado de excepción en los municipios Machiques de Perijá, Rosario de Perijá, Jesús Enrique Lossada y La Cañada de Urdaneta del estado Zulia. Se constató que el Decreto responde a la necesidad de atender situaciones de orden social, económico y de seguridad que afectan gravemente a la población, y que las medidas adoptadas son proporcionales y necesarias para garantizar el orden público y la seguridad ciudadana. La Sala concluyó que el Decreto cumple con los requisitos establecidos en la Constitución y la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción, por lo que se declara su constitucionalidad.
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para revisar la constitucionalidad del Decreto n.° 2.095, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.788 del 13 de noviembre de 2015, dictado por el Presidente de la República, mediante el cual prórroga por sesenta (60) días el plazo establecido en el Decreto n.° 2.013 del 15 de septiembre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.746 de la misma fecha, en el que se declaró el estado de excepción en los municipios Machiques de Perijá, Rosario de Perijá, Jesús Enrique Lossada y La Cañada de Urdaneta del estado Zulia. 2.- La CONSTITUCIONALIDAD del Decreto n.° 2.095, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.788 del 13 de noviembre de 2015, dictado por el Presidente de la República, mediante el cual prórroga por sesenta (60) días el plazo establecido en el Decreto n.° 2.013 de 15 de septiembre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.746 de la misma fecha, en el que se declaró el estado de excepción en los municipios Machiques de Perijá, Rosario de Perijá, Jesús Enrique Lossada y La Cañada de Urdaneta del estado Zulia, conforme al artículo 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 3.- Se ordena la PUBLICACIÓN de la presente decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web de este Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
estado de excepciónconstitucionalidadDecreto n.° 2.095