Sentencia N° 1546 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de septiembre de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 1546, Exp. 15-0995, 27/11/2015
Expediente15-0995
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-09-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la constitucionalidad del Decreto n.° 2.015, que declara el estado de excepción en el municipio Páez del estado Apure. Se determinó que la Sala es competente para revisar la constitucionalidad de los decretos que declaran estados de excepción, y se concluyó que el Decreto n.° 2.015 cumple con los requisitos constitucionales y legales, siendo necesario para garantizar la seguridad y el orden público en la región afectada por circunstancias extraordinarias como el contrabando y la violencia delictiva. La decisión establece que el estado de excepción es una medida excepcional que busca proteger los derechos de los ciudadanos y asegurar la paz social. Se desestimaron los argumentos presentados por el demandante, Andrés Velásquez, en contra del Decreto, reafirmando la constitucionalidad del mismo y la necesidad de su aplicación para enfrentar la situación crítica en el municipio. Finalmente, se ordenó la publicación de la decisión en la Gaceta Oficial y otros medios, destacando la importancia de la medida para la protección de los derechos humanos y la estabilidad del país.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 336.6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es competente para revisar la constitucionalidad de los decretos que declaran estados de excepción dictados por el Presidente de la República. En este sentido, se ha establecido que el Decreto n.° 2.015, mediante el cual se declara el estado de excepción en el municipio Páez del estado Apure, responde a circunstancias extraordinarias que afectan la seguridad y el orden público, justificando la adopción de medidas excepcionales para garantizar el pleno goce de los derechos de los ciudadanos. La Sala ha considerado que la prórroga del estado de excepción es necesaria para atender la situación coyuntural que afecta a la población, y que las medidas adoptadas son proporcionales y adecuadas a las circunstancias que motivaron su declaración. Se ha resaltado la importancia de la intervención del Poder Público para restablecer la paz social y garantizar el acceso a bienes y servicios esenciales, así como la protección de los derechos humanos en el contexto de la crisis que enfrenta el país. Por lo tanto, se concluye que el Decreto n.° 2.015 es constitucional y debe ser acatado por todas las autoridades, reafirmando el compromiso del Estado de proteger a sus ciudadanos frente a las amenazas que afectan su bienestar y seguridad.

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para revisar la constitucionalidad del Decreto n.° 2.097, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.788 del 13 de noviembre de 2015, dictado por el Presidente de la República, mediante el cual prórroga por sesenta (60) días el plazo establecido en el Decreto n° 2.015 del 15 de septiembre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.746 de la misma fecha, en el que se declaró el estado de excepción en el municipio Páez del estado Apure. 2.- La CONSTITUCIONALIDAD del Decreto n.° 2.097, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.788 del 13 de noviembre de 2015, dictado por el Presidente de la República, mediante el cual prórroga por sesenta (60) días el plazo establecido en el Decreto n° 2.015 del 15 de septiembre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.746 de la misma fecha, en el que se declaró el estado de excepción en el municipio Páez del estado Apure, conforme al artículo 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 3.- Se ordena la PUBLICACIÓN de la presente decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta judicial y en la página web de este Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

estado de excepciónconstitucionalidadDecreto n.° 2.015seguridad ciudadanaderechos humanos

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