Sentencia N° 1545 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de septiembre de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1545, Exp. 15-0994, 27/11/2015
Expediente15-0994
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2015-09-22
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la constitucionalidad del Decreto N° 2.096, que prorroga por sesenta días el estado de excepción en los municipios Catatumbo, Jesús María Semprún y Colón del estado Zulia. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar la seguridad y el orden público ante circunstancias extraordinarias que afectan la paz social y el ejercicio de derechos fundamentales de los ciudadanos en la región.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al examinar el contenido del Decreto N° 2.096, concluyó que este cumple con los principios de utilidad, proporcionalidad y necesidad, justificando la prórroga del estado de excepción. Se destacó que las condiciones de violencia y criminalidad en los municipios mencionados requieren medidas excepcionales para salvaguardar los derechos de los ciudadanos y restablecer el orden público. La Sala reafirmó su competencia para revisar la constitucionalidad de los decretos que declaran estados de excepción, en cumplimiento de lo establecido en la Constitución y la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción.
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para revisar la constitucionalidad del Decreto n.° 2.096, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.788 del 13 de noviembre de 2015, dictado por el Presidente de la República, mediante el cual prórroga por sesenta (60) días el plazo establecido en el Decreto n.° 2.014 del 15 de septiembre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.746 de la misma fecha, en el que se declaró el estado de excepción en los municipios Catatumbo, Jesús María Semprún y Colón del estado Zulia. 2.- La CONSTITUCIONALIDAD del Decreto n.° 2.096, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.788 del 13 de noviembre de 2015, dictado por el Presidente de la República, mediante el cual prórroga por sesenta (60) días el plazo establecido en el Decreto n.° 2.014 del 15 de septiembre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.746 de la misma fecha, en el que se declaró el estado de excepción en los municipios Catatumbo, Jesús María Semprún y Colón del estado Zulia. 3.- Se ordena la PUBLICACIÓN de la presente decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta judicial y en la página web de este Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
estado de excepciónconstitucionalidadDecreto N° 2.096seguridad ciudadanaderechos humanos