Sentencia N° 1543 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de junio de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1543, Exp. 08-0766, 17/10/2008
Expediente08-0766
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2008-06-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la acción de amparo interpuesta por el abogado Oswaldo Buloz Saleh en representación de Grupo Único C.A. y otros, contra la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia que declaró con lugar una nulidad de asamblea. La Sala determinó que la juez que dictó la sentencia impugnada estaba impedida para conocer el caso debido a una enemistad manifiesta con el abogado de la parte demandante, lo que vulneró el derecho al juez natural. Por lo tanto, se declaró con lugar la acción de amparo y se anuló la sentencia del 28 de abril de 2008.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, al examinar la sentencia del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, concluyó que la juez que dictó la decisión impugnada estaba impedida para conocer el caso debido a una enemistad manifiesta con el abogado Oswaldo Buloz Saleh, quien actuaba como apoderado de la parte demandante. Esta situación comprometía la imparcialidad del juez y, por ende, vulneraba el derecho constitucional de ser juzgado por el juez natural, consagrado en el artículo 49.4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La Sala, al considerar que la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia adolecía de un vicio no subsanable, decidió anular dicha sentencia y restablecer la situación jurídica infringida.

Dispositiva

Se declara con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Oswaldo Buloz Saleh, en representación de Grupo Único C.A. y otros, contra la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dictada el 28 de abril de 2008. Se anula la sentencia mencionada y se ordena que se dicte nuevo fallo por un tribunal competente.

Palabras clave

amparojuez naturalenemistad manifiestanulidad de asambleaderecho al debido procesoimparcialidadsentenciarecusación

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