Sentencia N° 1541 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de julio de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 1541, Exp. 01-0921, 08/07/2002
Expediente01-0921
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-07-08
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional se pronuncia sobre la declinatoria de competencia presentada por la Sala Político Administrativa en relación a un recurso de nulidad y amparo interpuesto por Antonio José Varela contra un acto administrativo de la Universidad Simón Bolívar. La Sala concluye que no acepta la declinatoria debido a que no existe apelación alguna que dilucidar, ya que la cuestión ya fue decidida anteriormente, lo que implica la cosa juzgada material. Por lo tanto, ordena la remisión de las actas procesales a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que no ACEPTA LA DECLINATORIA de la competencia POR NO EXISTIR APELACIÓN ALGUNA QUE DILUCIDAR y, en consecuencia, ordena la remisión de las actas procesales a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.

Dispositiva

Por las razones expuestas esta Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que no ACEPTA LA DECLINATORIA de la competencia POR NO EXISTIR APELACIÓN ALGUNA QUE DILUCIDAR y, en consecuencia, ordena la remisión de las actas procesales a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparonulidadcompetenciacosa juzgadauniversidadadministrativoapelación
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