Sentencia N° 1538 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de julio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1538, Exp. 07-0328, 20/07/2007
Expediente07-0328
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-07-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un amparo constitucional interpuesto por María Vianney Sánchez contra una sentencia del Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de Mérida. La Sala declaró con lugar la apelación, revocando la decisión del juzgado inferior que había declarado improcedente el amparo. La Sala argumentó que el juzgado no había actuado con abuso de poder ni había lesionado derechos constitucionales, pero consideró que debió tramitar el amparo para analizar los vicios denunciados por la parte actora.

Extracto de la motiva

Es criterio de esta Sala que, para la procedencia del amparo contra actos de juzgamiento, deben concurrir las siguientes circunstancias: a) que el Juez, de quien emanó el acto supuestamente lesivo, incurra en usurpación de funciones o abuso de poder (incompetencia sustancial); b) que tal usurpación o abuso de poder ocasione agravio a un derecho constitucional, lo que implica que no es impugnable mediante amparo aquella decisión que simplemente desfavorece a un determinado sujeto procesal; y c) que los mecanismos procesales existentes resulten inidóneos para la restitución del derecho o garantía que se delate como lesionado o amenazado de injuria. Con el establecimiento de tales extremos de procedencia se ha pretendido evitar la interposición de solicitudes de amparo con el propósito de que se reabra un asunto que ha sido resuelto judicialmente, en perjuicio de la inmutabilidad de la decisión definitivamente firme; y, por otra parte, para que la vía del amparo no se convierta en sucedánea de los demás mecanismos procesales, tanto ordinarios como extraordinarios.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación que ejerció la demandante de amparo MARÍA VIANNEY SÁNCHEZ, con la asistencia del abogado José Maximiano Ramírez, contra la sentencia que dictó el Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, el 5 de febrero de 2007, la cual SE REVOCA. SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado de que se le dé curso a la presente demanda de amparo contra el fallo que emitió el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, el 19 de octubre de 2006, mediante pronunciamiento sobre la admisión de la demanda de autos con estricta sujeción a lo que aquí se dispuso.

Palabras clave

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