Sentencia N° 1535 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de noviembre de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1535, Exp. 12-1065, 16/11/2012
Expediente12-1065
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-11-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La ciudadana Ana Mariella Domínguez de Parra interpuso una acción de amparo constitucional contra la omisión del Juzgado Superior en lo Civil de notificar un fallo que declaró sin lugar su apelación. La Sala Constitucional, presidida por la Magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, analizó la vulneración de derechos fundamentales como el debido proceso y la tutela judicial efectiva. Se ordenó al Juzgado de origen remitir el expediente correspondiente para garantizar el derecho a la defensa de la accionante.

Extracto de la motiva

La presente acción de amparo constitucional se fundamentó en la violación de los derechos del accionante a la tutela judicial efectiva, al debido proceso, a la defensa y a ser oído en el juicio, previstos en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, incurriendo en quebrantamiento al orden público, como consecuencia de la falta de notificación de la sentencia dictada por el Juzgado Superior a la parte demandada, hecho este que impidió el ejercicio del recurso de casación.

Dispositiva

ORDENA a la Secretaría de la Sala Constitucional oficiar al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, para que dentro de un lapso de cinco (05) días de despacho, siguientes a su notificación, más el término de la distancia, que para el caso es de dos (2) días continuos, remita a esta Sala, copia certificada del expediente signado con el n.° 40935, de la nomenclatura de ese Juzgado.

Palabras clave

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