Sentencia N° 1534 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de octubre de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 1534, Exp. 11-1032, 13/10/2011
Expediente11-1032
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2011-10-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto contra la Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, argumentando que se vulneraron derechos fundamentales como el derecho a la consulta pública y el pluralismo político. La decisión se basa en la falta de legitimidad de la ley impugnada, que se considera incompatible con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Extracto de la motiva

La representación judicial de la parte recurrente formuló en su escrito, las siguientes consideraciones: Que “(…) en el procedimiento encaminado a la aprobación de la reforma de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación se omitió un aspecto fundamental del mismo, como lo es la consulta pública a los ciudadanos interesados, incluidos los miembros de la comunidad científica nacional, consulta que constituye derecho fundamental consagrado en el artículo 62 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y consagrado como un elemento esencial en la formación de las leyes, tal como lo dispone el artículo 211 ejusdem (…)”. Que “(…) la ley impugnada no puede enmarcar su objeto dentro de un plan orientado hacia la construcción del socialismo del siglo XXI, en la medida en que atenta contra el pluralismo político dentro de la forma de gobierno del Estado venezolano, principio que sostiene el contenido pétreo de la Constitución. Esto implica que ninguna ley puede sustituir y modificar lo que somos como país, esto es, un ‘Estado democrático y social de Derecho y de Justicia’ y una República Democrática en la cual se respeta la libertad de opinión y el pluralismo político, como bases esenciales en las que se funda el Estado venezolano (…)”.

Dispositiva

1.- COMPETENTE y ADMITE el recurso de nulidad por inconstitucionalidad ejercido conjuntamente con medida cautelar innominada, por el abogado Carlos Briceño Moreno, antes identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARISOL AGUILERA MENESES, CARENNE LUDEÑA CRONICK, KLAUS JAFFE CARBONELL, FELIX J. TAPIA, CARLO CAPUTO FRAUENFELDER y BENJAMIN RUBÉN SCHARIFKER PODOLSKY, ya identificados; contra la Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.575 de fecha 16 de diciembre de 2010. 2.- REMITE el expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de que practique la citación del Presidente de la Asamblea Nacional. Asimismo, se ordena notificar a la Fiscal General de la República, a la Defensora del Pueblo y al Procurador General de la República, a tal fin, remítase a los aludidos funcionarios copia certificada del escrito contentivo del recurso de nulidad y del presente auto de admisión. Igualmente, se ordena notificar de la presente admisión a la parte recurrente. 3.- NIEGA las medidas cautelares solicitadas.

Palabras clave

nulidadinconstitucionalidadLey Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovaciónconsulta públicapluralismo político

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca