Sentencia N° 1532 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de noviembre de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1532, Exp. 15-1113, 27/11/2015
Expediente15-1113
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-11-27
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional presentada por ciudadanos en representación de un consejo comunal, quienes alegaban la violación de sus derechos por parte de la Guardia Nacional Bolivariana y otros funcionarios, debido a un desalojo arbitrario. La Sala observó que el escrito de amparo carecía de claridad en la identificación del presunto agraviante y en la presentación de la documentación necesaria para sustentar la acción. Por lo tanto, se ordenó a los accionantes corregir su solicitud en un plazo de dos días.
Extracto de la motiva
En consecuencia, con fundamento en los artículos 17, 18 cardinales 3 y 6, y 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esta Sala ordena a la parte actora corregir el escrito de amparo en cuanto a la determinación exacta del presunto agraviante, así como, indicar inequívocamente las actividades agrarias desarrolladas por la comunidad y se consigne en copia simple o certificada la aludida “carta agraria”, a los fines de dictar pronunciamiento sobre la competencia de la presente acción.
Dispositiva
Se ordena a la parte actora corregir el escrito de amparo en cuanto a la determinación exacta del presunto agraviante, así como, indicar inequívocamente las actividades agrarias desarrolladas por la comunidad y se consigne en copia simple o certificada la aludida “carta agraria”, a los fines de dictar pronunciamiento sobre la competencia de la presente acción.