Sentencia N° 153 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de junio de 2022

TSJ/SC, Sent. N° 0153, Exp. 21-0140, 14/06/2022
Expediente21-0140
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-06-14
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de hecho interpuesto por Kenddy Andreina Barajas Rondón, en representación de la sociedad mercantil Comercializadora Jhosmer C.A., contra un fallo del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y Bancario del Estado Táchira. El recurso fue declarado inadmisible por no acompañar los documentos necesarios para su verificación, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

En virtud de lo expuesto, la Sala declara inadmisible el recurso de hecho interpuesto por la abogada Kenddy Andreina Barajas Rondón, ya identificada, procediendo con el carácter de co-apoderada judicial de la sociedad mercantil Comercializadora Jhosmer C.A., contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 2 de marzo de 2021, que declaró inadmisible la apelación ejercida por el abogado Juan Carlos Márquez Almea, ya identificado, contra el fallo dictado el 22 de febrero de 2021, por el referido Juzgado Superior, de conformidad con lo que preceptúa el artículo 133.2, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto por la abogada Kenddy Andreina Barajas Rondón, antes identificada, procediendo con el carácter de co-apoderada judicial de la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA JHOSMER C.A., contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 2 de marzo de 2021, que declaró inadmisible la apelación ejercida por el abogado Juan Carlos Márquez Almea, ya identificado, contra el fallo dictado el 22 de febrero de 2021, por el referido Juzgado Superior. Así se decide.

Palabras clave

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