Sentencia N° 153 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de marzo de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 153, Exp. 16-0548, 24/03/2017
Expediente16-0548
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2017-03-24
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una demanda de protección de derechos e intereses colectivos presentada por varios ciudadanos contra el Gobernador del estado Nueva Esparta, alegando amenazas a la igualdad y la libertad de expresión. La Sala determinó su competencia para conocer el caso, pero declaró inadmisible la acción debido a la falta de legitimación de los demandantes, quienes no demostraron afectación directa a sus derechos. La decisión concluyó que la acción no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

La Sala ha señalado la delimitación de la acción por intereses difusos y colectivos en sentencia Nº 656 del 30 de junio de 2000 (caso: Dilia Parra Guillén), en los siguientes términos: 'Con los derechos e intereses difusos o colectivos, no se trata de proteger clases sociales como tales, sino a un número de individuos que pueda considerarse que representan a toda o a un segmento cuantitativamente importante de la sociedad, que ante los embates contra su calidad de vida se sienten afectados, en sus derechos y garantías constitucionales destinados a mantener el bien común, y que en forma colectiva o grupal se van disminuyendo o desmejorando, por la acción u omisión de otras personas.'

Dispositiva

PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente acción de protección de derechos e intereses colectivos intentada por los ciudadanos BRAULIO JATAR ALONSO, HENRY JASPE GARCÉS, ANTONIO GONZÁLEZ ABAD y LUIS ANDRÉS TARBAY contra el Gobernador del estado Nueva Esparta Carlos José Mata Figueroa. SEGUNDO: INADMISIBLE la presente acción de protección de los derechos e intereses colectivos. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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