Sentencia N° 153 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de marzo de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 153, Exp. 15-1128, 11/03/2016
Expediente15-1128
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-03-11
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por el abogado Robert Alexander Alvarado López, defensor privado de Kamel Salame Ajami, contra la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. La acción se fundamenta en la presunta omisión de pronunciamiento respecto a una solicitud de verificación del estado de salud del demandante, presentada el 18 de agosto de 2015. La Corte de Apelaciones había actuado conforme a derecho, emitiendo pronunciamiento sobre la solicitud y trasladando al demandante para su evaluación médica.

Extracto de la motiva

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, recibió, el 27 de agosto de 2015, la acción de amparo interpuesta por el abogado defensor, contra el Tribunal 5º de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, por la presunta omisión de pronunciamiento y de trámite oportuno de petición, en cuanto al trámite de solicitud, realizada el 18 de agosto de 2015, para la autorización de verificación del estado de salud del ciudadano Kamel Salame Ajami. Que, el 27 de agosto del mismo año, la Corte de Apelaciones antes mencionada, acordó oficiar al Tribunal 5º de Juicio del mismo Circuito Judicial, a fin de que remitiera el estado actual de la causa objeto de la acción de amparo interpuesta en su contra. Asimismo, se evidencia que el 21 de septiembre de 2015, el Tribunal 5º de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, fijó audiencia oral y pública para el día martes 22 de septiembre del mismo año, a las 09:50 am y de igual manera acordó en fecha 26 de agosto de 2015, el traslado del ciudadano Kamel Salame Ajami a la sociedad venezolana de la Cruz Roja, para que se realizara la evaluación médica solicitada por el abogado Robert Alexander Alvarado López, en fecha 18 de agosto de 2015, ante el Tribunal 5º de Primera Instancia supra mencionado.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE, de conformidad con el numeral 1, del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de amparo intentada por el abogado Robert Alexander Alvarado López, defensor privado del ciudadano KAMEL SALAME AJAMI, contra la presunta omisión en la que incurrió la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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