Sentencia N° 1529 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de octubre de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1529, Exp. 08-0956, 16/10/2008
Expediente08-0956
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-10-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un amparo constitucional interpuesto por el Fiscal Primero del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Carlos Alberto Gutiérrez Pérez, contra una decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar las apelaciones interpuestas. La Sala consideró que el amparo era improcedente, ya que los argumentos presentados eran los mismos que habían sido analizados y decididos en instancias anteriores, lo que evidenciaba un uso indebido del amparo como una tercera instancia.
Extracto de la motiva
El amparo constitucional que nos ocupa fue interpuesto contra la decisión dictada por la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia el 16 de junio de 2008, la cual declaró sin lugar las apelaciones interpuestas contra la decisión dictada el 16 de mayo de 2008 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del mismo Circuito Judicial Penal. A la luz de la jurisprudencia contenida en la sentencia N° 01 del 20 de enero de 2000 (caso: Emery Mata Millán) y los artículos 2 y 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, corresponde a esta Sala conocer las acciones de amparo constitucional que se interpongan contra las omisiones o las sentencias emitidas por los Tribunales Superiores (excepto los contencioso-administrativos), las Cortes de lo Contencioso Administrativo y las Cortes de Apelaciones en lo Penal, cuando lesionen algún derecho constitucional.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS el amparo constitucional interpuesto por el Fiscal Primero del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, ciudadano CARLOS ALBERTO GUTIÉRREZ PÉREZ, contra la decisión dictada el 16 de junio de 2008 por la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal.
Palabras clave
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