Sentencia N° 1528 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de octubre de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 1528, Exp. 25-0640, 06/10/2025
Expediente25-0640
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-10-06
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Eddy Rubén Verenzuela contra el Tribunal 6to. en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. La decisión se basa en que el juez de instancia cumplió con el trámite correspondiente a la recusación presentada, lo que cesó la situación jurídica infringida. La Sala también establece que el recurso de apelación interpuesto por el demandante fue extemporáneo, por lo que se mantiene firme la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la acción de amparo.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Del estudio detenido de las actas procesales observa esta Alzada, que el AMPARO CONSTITUCIONAL ejercido por el ciudadano EDDY RUBÉN VERENZUELA titular de la cédula de identidad N° V- 7.196.483 asistido por el Profesional del derecho abogado RULNER RAÚL CABRERA, actuando en su carácter de Defensa Privada del ciudadano antes señalado, se subsume en una presunta violación de derechos constitucionales, como lo son la Tutela Judicial Efectiva, o Debido Proceso y a la Defensa, por parte del Juez Sexto (6 ) de Juicio dejándome en un estado de indefensión al transcurrir más de cinco (5) meses y no haber una decisión con prontitud ni obtener respuesta a los requerimientos solicitados en diligencias escritas, sumado a que nada se sabe sobre el estado del expediente 6J- 3418-2023, en la oficina de alguacilazgo manifestaron en principio que el expediente no había sido enviado a esa dependencia para su distribución, luego informaron que la causa no aparece en el Sistema; asimismo al consultar en Secretaría de la Corte de Apelaciones del estado Aragua por dicha recusación respondieron que en ese despacho no había sido recibida, hechos éstos además de ser violatorios a la Tutela Judicial Efectiva, Debido Proceso y a la Defensa, son contrarios a la Sentencia № 668 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 30 de Mayo de 2023 Expediente 2020-251. Ahor

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la abogada MARÍA ISABEL DE NICOLAIS apoderada judicial del ciudadano EDDY RUBÉN VERENZUELA, en contra del Tribunal Sexto (6 ) de Primera Instancia estadal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, por cuanto se pudo evidenciar el cese de la situación jurídica infringida, al advertirse la tramitación y posterior remisión de la incidencia de recusación a la Corte de Apelaciones.

Palabras clave

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