Sentencia N° 1527 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de agosto de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1527, Exp. 06-0471, 08/08/2006
Expediente06-0471
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoHabeas Data
Fecha de la decisión2006-08-08
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una solicitud de habeas data presentada por Jorge Obdulio Freites Liendo, quien solicitó la eliminación de antecedentes policiales registrados en el Sistema de Información Policial. La Sala, tras analizar la competencia y la naturaleza de la acción, determinó que la solicitud era inadmisible por no haber acompañado el documento fundamental requerido para verificar su petición, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
La Sala aprecia que se está ante una petición consistente en la “eliminación” de toda la información contenida en los registros que de la persona del solicitante reposan en el Centro de Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Por ello, al no tratar el presente caso, de infracciones constitucionales provenientes del manejo de la información recopilada que puedan invocarse como fundamento para obtener el amparo, sino de una acción que si bien el demandante calificó de “amparo constitucional”, la misma se ejerció para ventilar la infracción de uno de los derechos que derivan del artículo 28 constitucional, la Sala, coherente con la doctrina establecida en los fallos parcialmente transcritos, declara su competencia para conocer de la misma, y así se decide.
Dispositiva
1.- ACEPTA la competencia para conocer de la acción de habeas data interpuesta por el ciudadano JORGE OBDULIO FREITES LIENDO y que fuera declinada por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. 2.- Declara INADMISIBLE la acción de habeas data incoada por el ciudadano JORGE OBDULIO FREITES LIENDO, asistido por el abogado ROOMER A. ROJAS LA SALVIA. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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