Sentencia N° 1522 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de junio de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1522, Exp. 01-0642, 06/06/2003
Expediente01-0642
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-06-06
DecisiónORDENA

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un amparo constitucional interpuesto por José Roseliano Pérez contra una aclaratoria de sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara. El tribunal consideró que el amparo era inadmisible, ya que los quejosos tenían la opción de apelar la decisión. Sin embargo, para una correcta decisión, se ordenó la remisión de información sobre el procedimiento seguido en el juicio original.

Extracto de la motiva

Por cuanto en autos no está claro cuál fue el procedimiento que se aplicó en el juicio originario, lo cual impide el análisis acerca de la admisibilidad del amparo, la Sala estima que, para una correcta decisión de la consulta, es necesaria la obtención de información sobre el procedimiento que se siguió en el juicio originario. En consecuencia, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se ordena al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara que, dentro de las cuarenta y ocho horas (48) horas siguientes a su notificación, remita esta Sala copia certificada de la demanda, de la sentencia que dictó, el 21 de enero de 2000, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y de las actuaciones posteriores a la sentencia de definitiva de ese juicio, o que requiera dichas copias a quien tuviere el expediente concediéndosele, en ese caso, un lapso de cuarenta y ocho horas (48) horas adicionales más el término de la distancia. Así se decide.

Dispositiva

ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, dentro de las cuarenta y ocho horas (48) horas siguientes a su notificación, más el término de la distancia que remita a esta Sala copia certificada: De la demanda que interpuso José Roseliano Pérez contra Edgar Linarez y Juan F. Linarez. De la sentencia que dictó en ese juicio el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara el 21 de enero de 2000. De las actuaciones posteriores a la sentencia de definitiva de ese juicio.

Palabras clave

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