Sentencia N° 1519 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de julio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1519, Exp. 06-0547, 20/07/2007
Expediente06-0547
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-07-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la acción de amparo constitucional interpuesta por Roney Calderón, declaró con lugar la acción contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, que había declarado desistida la apelación interpuesta por el demandante. La Sala argumentó que la falta de notificación adecuada a las partes vulneró los derechos constitucionales a la defensa y al debido proceso del quejoso, dado que la causa estuvo paralizada durante un prolongado período sin la debida actividad procesal.

Extracto de la motiva

En virtud de ello, esta Sala estima que el Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuó fuera del ámbito de sus competencias vulnerando así los derechos constitucionales a la defensa y al debido proceso del quejoso, en los términos del artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Partiendo de las consideraciones anteriores, esta Sala declara con lugar la presente acción de amparo constitucional y anula la decisión dictada el 20 de febrero de 2006, por el Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que declaró desistida la apelación interpuesta contra el fallo dictado el 22 de junio de 2005, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio de dicha Circunscripción Judicial y, en consecuencia, se repone la causa que dio origen a la presente acción de amparo al estado de que otro Juzgado Superior Laboral de dicha Circunscripción Judicial, fije la audiencia de apelación, previa notificación de las partes.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, se declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional ejercida por la abogada Sylvia Virginia Romero Jiménez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 114.156, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano RONEY CALDERÓN, titular de la cédula de identidad N° 5.058.279, contra la decisión dictada el 20 de febrero de 2006, por el Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que declaró desistida la apelación interpuesta contra el fallo dictado el 22 de junio de 2005, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio de dicha Circunscripción Judicial, que declaró la perención de la instancia en el juicio por cobro de prestaciones sociales intentado por el accionante contra la sociedad mercantil Texas Rangers y Southwest Sports Group L.L.C. En consecuencia, se ANULA el fallo impugnado y se REPONE la causa que dio origen a la presente acción de amparo al estado de que otro Juzgado Superior Laboral de dicha Circunscripción Judicial, fije la audiencia de apelación, previa notificación de las partes.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho a la defensadebido procesonotificaciónapelaciónprestaciones socialesparalización de la causa

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