TSJ/SC, Sent. N° 1518, Exp. 09-0846, 09/11/2009
Extracto de la motiva
La Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas declaró su incompetencia y declinó la competencia ante esta Sala, con fundamento en que: …se está en presencia de una acción de habeas data, pues la petición de los accionantes, está fundamentada en que los cálculos de sus prestaciones sociales, son cálculos erróneos e inexactos que afectan a los mismos, y acerca de los cuales la Gobernación, según alegan se negó a informar, lo que lesiona sus derechos constitucionales de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Constitución de la República. /(…) A partir de estas ideas y tomando en cuenta la jurisprudencia antes señalada [s.S.C. n.° 332/2001], esta Corte considera que resulta incompetente para conocer de la acción de habeas data por la presunta violación del derecho de acceder a la información y a los datos sobre sí mismo, que a su parecen (sic) resultan erróneos y afectan ilegítimamente los derechos de los recurrentes, prevista en el artículo 28 constitucional. Así las cosas, por ser el presente recurso una controversia donde presuntamente se violan normas de rango constitucional, en este caso la establecida en el artículo 28 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es por lo que esta Corte debe declararse incompetente, debiendo declinar la competencia en la prenombrada Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Y así se decide.
Dispositiva
PRIMERO: Que NO ES COMPETENTE para el conocimiento de la demanda de amparo constitucional que incoaron los ciudadanos JOSÉ ROMERO, ZUNILDE PONARE DE CASTRO, EDGAR MANUEL RONDÓN, MIGUEL DACOSTA CUELLO, AIDA PONARE, MATILDE RIVAS DE COLINA, SILVERIO LARA, NOLBERTA ANTONIA ARAUJO, JESÚS PADRÓN MORENO, EUFROSINA PÉREZ, WILLIAM SÁNCHEZ BOLÍVAR, DIRCE HENRÍQUEZ, MANUEL G. PADRÓN S., LILIA CIRINOS, PRÓSPERO PIÑATE, GABRIEL YANAVE, ELSA MIROSLAVA AZABACHE, MARVELIA RODRÍGUEZ, MARÍA AUXILIADORA RONDÓN, GLORIA GUADALUPE PIÑATE PADRÓN, BELKIS DÍAZ DE ZURITA, ALBERTO COLINA, ELSA CASTRO, HERMÓGENES MANUEL ARNIAS GUTIÉRREZ, GLORIA BRAVO GUEVARA, RAMONA CARRASQUEL URIBE, LUIS ARMANDO GARRIDO, JUAN MAGO YANAVE NIETO, NIRYAN ISABEL PULIDO DE RIOBUENO, ROSA ELADIA NOGUERA TOVAR, BÁRBARA GLADYS GUAYAMARE DE HENRÍQUEZ, MARÍA BELÉN ZUARICH DE MARCHI, DANUBIA BETZABÉ GUTIÉRREZ DE BLANCO, ROSA ELENA RAMÍREZ DUARTE, MIGDALINA COROMOTO MALDONADO, JOSÉ MARÍA MARMOLEJO, ROQUE PASCUAL SANTAELLA MORENO, ROSA MELINA MENDOZA DE ROJAS, GIMI OLBERT PADRÓN, OCTAVIO ALEJANDRO PAVA ESTEVES, EUSEVIA CORINA ESCORCHE, ZORAIDA C. AZAVACHE, CELSA ELFRIDA ÁLVAREZ, RAFAEL TOVAR, JOSEFA MORENO, FRANCISCA GARRIDO, HILDA SARMIENTO, ALEIDA JOSEFINA BRAVO DE ALENCAR, DOMINGO PADRÓN, MARÍA QUEREBI DE CAMICO, DELIA BLANCO DE PESQUERA, JACINTO CUICHE, TERESA TRUJILLO, DELIA PAYUA DE CABULLA, ISABEL GAVINI DE RIVAS, JUANA SANTAELLA DE ZAMORA, ANA MARY BUSTAMANTE, MARÍA NOGUERA DE JORDÁN, BASILISA COROMOTO AZABACHE JORDÁN, RAMONA FLORENTINA YAVINAPE, ELIZABETH CANCINO DE ÁLVAREZ, ADELA DAZA, ROSA ANA CARIBAN, YUAVE HERMEGILDO, IRIS GARCÍA DE QUINTO, NELCY RAQUEL GUERRA ZERPA, ARMINDA MARISOL GUEVARA, NAILE CIRINOS DE MIRABAL, PETRA IVONI DÍAZ BONA, DELIA DE SALAZAR, NANCY MARINA GARRIDO DE VIDA (viuda de Eloy Antonio Vida), YUVIZAIRA HERMOSO y MELDIS MARINA RODRÍGUEZ DE LEFREBRE contra el ciudadano Liborio Guarulla, Gobernador del Estado Amazonas. SEGUNDO: Que el Tribunal COMPETENTE para el juzgamiento de la pretensión de tutela constitucional de autos es la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a la cual deberá remitirse el expediente respectivo. Publíquese, regístrese y devuélvase el expediente.