Sentencia N° 1511 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de agosto de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1511, Exp. 06-0944, 08/08/2006
Expediente06-0944
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-08-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Mario Francisco Oliveira Vieira, en su carácter de Vicepresidente de la Asociación Civil 'Sucesores de Oliveira Mario' (SUDOLIMAR), contra la sentencia dictada el 10 de enero de 2006 por el Juzgado Superior Cuarto Agrario Accidental en Barinas. La acción se fundamentó en la vulneración de derechos procesales y la falta de legitimación en el juicio de partición del fundo agropecuario 'Berlín'. La Sala decidió suspender los efectos de la sentencia impugnada, considerando que la ejecución del fallo podría causar un perjuicio irreparable a la asociación civil demandante.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al analizar la acción de amparo, destacó que el fallo impugnado había sido dictado en un juicio de partición donde no se había garantizado el derecho a la defensa de la parte demandante. Se argumentó que el fundo agropecuario en cuestión formaba parte del patrimonio de la asociación civil y no podía ser objeto de partición sin la disolución de dicha asociación. La Sala enfatizó la importancia de respetar el debido proceso y el derecho a ser oído, concluyendo que la decisión del Juzgado Superior Cuarto Agrario no cumplió con estos principios fundamentales.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, se declara COMPETENTE y ADMITE la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano MARIO FRANCISCO OLIVEIRA VIEIRA, actuando en su carácter de Vicepresidente de la Asociación Civil 'Sucesores de Oliveira Mario' (SUDOLIMAR), asistido por el abogado Ronis José Barrios Mora, ya identificados, contra la sentencia dictada el 10 de enero de 2006 por el Juzgado Superior Cuarto Agrario Accidental en Barinas constituido con asociados, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Conceicao Vieira de Da Conceicao y confirmó la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida el 20 de mayo de 2003 la cual, a su vez, declaró sin lugar la oposición a la partición del fundo agropecuario 'Berlín', ubicado en jurisdicción del antiguo Distrito Colón, hoy Parroquia Moralito, Municipio Colón del Estado Zulia, con lugar la demanda de partición propuesta por los ciudadanos Julio Erasmo Sosa Sosa y Leonte Nerio Rodríguez y condenó a la parte demandada al pago de las costas procesales.

Palabras clave

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