Sentencia N° 1507 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de septiembre de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 1507, Exp. 18-0380, 30/09/2025
Expediente18-0380
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-09-30
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional presentada por la abogada Carolina Arévalo Rodríguez en representación de la sociedad mercantil Agencia de Viajes Sagres, C.A. La decisión se basa en la falta de presentación de documentos que acrediten la representación legal del solicitante, específicamente el acta constitutiva y el acta de asamblea que demuestren la facultad del presidente de la sociedad para actuar en juicio. La Sala resalta que la ausencia de estos documentos es suficiente para declarar la inadmisibilidad de la solicitud.

Extracto de la motiva

Que “es claro entonces que tal circunstancia constituye una formalidad ESENCIAL del proceso y que no puede ser obviada por el Juzgador. En ese sentido, tal alegato fue expuesto oportunamente y, en el fallo definitivamente firme, la Juez hizo mutis, pues no se pronunció en nada al respecto, silenciando de esta manera los argumentos de hecho y de derecho expuestos oportunamente, incurriendo en un vicio denunciable en Casación como lo es la inmotivación. Sin embargo, dada la especialidad del procedimiento (breve) dicho recurso no es admisible por cuanto la cuantía del asunto principal es inferior a 3.000 Unidades Tributarias, lo cual limita el derecho de mi representada de recurrir. Esta es la razón por la cual se denuncia por esta vía dicho vicio, ya que el Juez de la recurrida NO EMITIÓ pronunciamiento alguno con respecto a tal defensa, lo cual evidencia un desequilibrio procesal y una violación al artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, pues dicha Juez no se limitó a lo alegado y probado en autos”. (Sic) (Mayúsculas, subrayado y negritas del texto original). Que de lo consignado con este escrito “se aprecia SIN LUGAR A DUDAS, que existe una total y absoluta falta de pronunciamiento o de motivación, con respecto a la defensa esgrimida por esta parte, en lo atinente a la FALTA DE PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO FUNDAMENTAL POR PARTE DE LA DEMANDANTE, lo cual va en detrimento de los derechos de mi representada y que hace procedente el presente recurso de revisión”. (Sic) (Mayúsculas del texto original).

Dispositiva

Se declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional presentada por la abogada Carolina Arévalo Rodríguez, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Antonio Silva Teixeira, supuesto Presidente de la sociedad mercantil AGENCIA DE VIAJES SAGRES, C.A.

Palabras clave

inmovilizaciónderechosprocesodocumentoapelaciónprescripciónjusticia

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