Sentencia N° 1506 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de noviembre de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1506, Exp. 15-1132, 26/11/2015
Expediente15-1132
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-11-26
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por Jesús Salvador Rendón Carrillo contra la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. La acción se fundamentó en la supuesta vulneración de derechos constitucionales en el proceso de apelación de una sentencia anterior. La Sala concluye que la Corte Segunda actuó dentro de su competencia y conforme a derecho, al declarar extemporánea la apelación interpuesta por el accionante, quien no cumplió con los plazos establecidos por la ley para recurrir.
Extracto de la motiva
La Sala estima que la actuación de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo estuvo ajustada a derecho y dentro del ámbito de sus competencias, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, toda vez que dictó la decisión accionada en ejercicio de sus soberanas potestades de juzgamiento, por lo cual considera que el fallo en cuestión no infringió los derechos constitucionales que fueron delatados como vulnerados; por el contrario, se evidencia el interés de la parte accionante en el replanteamiento, ante este Supremo Tribunal, de la causa que conoció y juzgó el tribunal competente, cuya decisión le resultó adversa.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE, in limine litis, la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JESÚS SALVADOR RENDÓN CARRILLO, contra la decisión dictada el 10 de junio de 2015, por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo.