Sentencia N° 1506 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de agosto de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 1506, Exp. 04-1046, 09/08/2004
Expediente04-1046
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-08-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Félix Figueroa Amarista contra la Resolución N° 01-00-100 del 6 de noviembre de 2003, dictada por la Contraloría General de la República. La decisión se fundamenta en que el recurrente no agotó las vías judiciales ordinarias antes de recurrir al amparo, lo que contraviene lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La acción de amparo constitucional presupone la inexistencia de un medio procesal idóneo contra la providencia que fue dictada o, caso de la existencia de éste, la imposibilidad de su ejercicio útil o de su agotamiento inútil, dado que, a juicio de esta Sala, no puede pensarse que el amparo constituya el único medio capaz de ofrecer al justiciable la garantía de un proceso restablecedor de su esfera jurídica cuando hubiese sido lesionada, o sobre la cual haya incidido alguna conducta antijurídica. Por ello, se ha establecido que la escogencia de la acción de amparo frente a las vías, medios o recursos judiciales preexistentes es de carácter excepcional, de modo que sólo es posible cuando circunstancias determinantes de la admisibilidad y procedencia del amparo constitucional así lo ameriten, “...para lo cual, resultaría necesario que el agraviado las ponga en evidencia ante el Juez, quien, en definitiva, las ponderará en cada caso.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los apoderados judiciales del ciudadano FÉLIX FIGUEROA AMARISTA, contra la Resolución N° 01-00-100 del 6 de noviembre de 2003, dictada por la Contraloría General de la República.
Palabras clave
amparo constitucionalresolución administrativacontraloríaresponsabilidad administrativaderecho al debido procesoinhabilitaciónsanción disciplinaria