Sentencia N° 15 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de octubre de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 15, Exp. 15-1254, 01/03/2016
Expediente15-1254
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-10-27
DecisiónImponible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia n.° 1323 el 27 de octubre de 2015, declarando terminado el procedimiento por abandono del trámite correspondiente a la demanda de amparo interpuesta por Hilarión Yovera. El abogado Robert Alexander Alvarado López, en representación de Yovera, interpuso un recurso de apelación argumentando la falta de respuesta a sus actuaciones procesales y la violación de derechos fundamentales.

Extracto de la motiva

El abogado Robert Alexander Alvarado López, en representación del ciudadano Hilarión Yovera, incoó recurso de apelación contra la sentencia n.° 1323, que emitió esta Sala el 27 de octubre de 2015, que declaró la terminación del procedimiento por abandono del trámite correspondiente a la demanda de amparo que ejerció contra la Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela. Ahora bien, estima esta Sala importante recordar el contenido del artículo 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en el cual se señala que es el más Alto Tribunal de la República y la máxima representación del Poder Judicial. Contra las decisiones que dicte, en cualquiera de sus Salas, no se oirá ni admitirá recurso alguno, con la salvedad de la solicitud de revisión atribuido a la competencia de esta Sala. Dicho artículo dispone expresamente lo siguiente: “Artículo 3. Máxima Instancia. El Tribunal Supremo de Justicia es el más alto tribunal de la República; contra sus decisiones, en cualquiera de sus Salas, no se oirá, ni admitirá acción ni recurso alguno, salvo lo que se dispone en la presente Ley”. La norma transcrita establece el principio de irrecurribilidad de las decisiones dictadas por este Máximo Tribunal en cada una de sus Salas y el consecuente carácter inmutable que el legislador les ha otorgado, excluyendo así a las referidas sentencias del ejercicio de cualquier recurso o consulta, salvo la potestad extraordinaria de revisión de esta Sala (la cual no opera con respecto a las sentencias dictadas por la propia Sala Constitucional). Tal postulado deriva del rango que detenta este Máximo Tribunal dentro de la estructura jerárquica de los órganos jurisdiccionales, la cual le atribuye el carácter de Máximo Órgano Jurisdiccional y, por lo tanto, la última instancia judicial a la cual pueden ser sometidas las controversias.

Dispositiva

Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROPONIBLE el recurso de apelación incoado por el abogado Robert Alexander Alvarado López, en representación del ciudadano HILARIÓN YOVERA, contra la sentencia n.° 1323, que emitió esta Sala el 27 de octubre de 2015. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los 01 días del mes de marzo de dos mil dieciséis (2016).

Palabras clave

abandonosamparoderechosprocesojusticiaconstitucional

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