Sentencia N° 1497 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de noviembre de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1497, Exp. 12-0823, 14/11/2012
Expediente12-0823
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2012-11-14
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por Carlos Alfredo Bustamante contra la decisión del Juzgado Superior Cuarto que declaró inadmisible su acción de amparo. La Sala consideró que la apelación era sin lugar, ya que el laudo arbitral impugnado no incurrió en las causales de nulidad establecidas en la Ley de Arbitraje Comercial. Además, se revocó la medida cautelar que suspendía los efectos del laudo arbitral, reafirmando que la acción de amparo no cumplía con los requisitos necesarios para su admisión.
Extracto de la motiva
Las denuncias de violaciones de derechos constitucionales enumerados en la acción de amparo, las ha basado el accionante en que se negó la falta de cualidad de la parte que accionó como arrendadora; la valoración parcial de la prueba que dice se produjo con la notificación que le fue hecha haciéndole saber que debía entregar la cosa arrendada; la falta de motivación sobre la apreciación de tal prueba; y, la falta de cumplimiento del Reglamento del Centro de Arbitraje, tal como se ha detallado en la parte narrativa. Considera esta Sentenciadora que, atendiendo a los límites de la controversia, debe decidir solamente sobre estos aspectos, ya que, sólo sobre ello, los participantes en el proceso de arbitraje, estaban obligados a defenderse; y no es correcto decidir sobre un punto no debatido, ya que se violaría el derecho a la defensa del litigante que pudiera resultar afectado por un hecho nuevo.
Dispositiva
1) SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Víctor Bervoets Burelli, actuando como apoderado judicial del ciudadano CARLOS ALFREDO BUSTAMANTE contra la decisión dictada, el 22 de junio de 2012, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2) Se REVOCA la decisión dictada, el 22 de junio de 2012, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que declaró inadmisible la presente acción de amparo. 3) Se declara SIN LUGAR la acción de amparo incoada por el ciudadano CARLOS ALFREDO BUSTAMANTE contra el laudo arbitral pronunciado el 7 de julio de 2011, por el tribunal arbitral del Centro de Arbitraje de la Cámara de Caracas. 4) Se REVOCA la medida cautelar acordada, el 9 de diciembre de 2011 por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que suspendió los efectos de la sentencia dictada el 7 de julio de 2011 por el Centro de Arbitraje de Caracas a través del Tribunal Arbitral.