Sentencia N° 1495 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de octubre de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1495, Exp. 08-0790, 15/10/2008
Expediente08-0790
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-10-15
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Pedro López Navarro en representación del ciudadano Monir Hadad Rahbe. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de acreditación de la representación judicial del abogado, quien no presentó el poder correspondiente que le permitiera actuar en nombre del demandante. La Sala enfatiza la importancia de que el abogado demuestre su capacidad para interponer la solicitud de revisión, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
A la luz de las anteriores consideraciones, y dado que el abogado Pedro López Navarro no acreditó la representación que aduce tener, la revisión bajo análisis resulta inadmisible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 quinto aparte de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia Nº 238 del 29 de abril de 2008, ejercida por el abogado Pedro López Navarro, en supuesta representación del ciudadano MONIR HADAD RAHBE.