Sentencia N° 1493 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de julio de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 1493, Exp. 01-2054, 03/07/2002
Expediente01-2054
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-07-03
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó una consulta sobre la inadmisibilidad de una acción de amparo constitucional interpuesta por Rómulo Herrera en representación de Carolina Troconis. La acción fue declarada inadmisible por el Juzgado Superior Primero Agrario debido a que el apoderado judicial no cumplió con las correcciones requeridas en un auto anterior, presentando un escrito ininteligible que no especificaba las lesiones ni los hechos lesivos. La Sala confirmó la decisión del juzgado inferior, considerando que la falta de claridad en el escrito impedía verificar la aclaratoria solicitada.
Extracto de la motiva
Como se ha dicho, la sentencia que debe esta Sala revisar en el caso de autos, declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Rómulo Herrera, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Carolina Troconis, en virtud que éste no realizó las correcciones señaladas por el juzgador constitucional, y sólo se limitó a consignar un escrito en donde no se especificó quién es el presunto agraviante, en qué consistían las lesiones ni cuales eran las situaciones de modo, lugar y tiempo en que se produjeron los supuestos hechos lesivos. En este sentido, esta Sala observa que el criterio sostenido por el referido Juzgado Superior Primero Agrario, relativo a la declaratoria de inadmisibilidad de la acción porque la accionante no cumplió con la corrección que éste ordenó en el auto del 15 de agosto de 2001, se encuentra ajustado a derecho en virtud de que, tal y como fue señalado en la sentencia consultada, el apoderado judicial de la accionante, aunque consignó un escrito en el expediente el 28 de agosto de 2001, no realizó las correcciones que le ordenó el Juzgado Superior, al presentar un escrito ininteligible, en el que no se cumplió con los señalamientos hechos por el a quo, razón por la cual esta Sala confirma la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero Agrario Accidental de la Circunscripción Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 31 de agosto de 2001, mediante la cual de declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Rómulo Herrera, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CAROLINA TROCONIS y de su menor hija. Publíquese, regístrese, y remítase el expediente. Cúmplase lo ordenado.
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