Sentencia N° 1492 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de junio de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 1492, Exp. 03-0508, 05/06/2003
Expediente03-0508
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2003-06-05
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la nulidad de varias normas relacionadas con el control de cambios en Venezuela, argumentando que estas normas vulneran la libre convertibilidad de la moneda y la reserva legal. Se acumularon dos causas para evitar decisiones contradictorias y se declaró la urgencia del asunto, permitiendo su tramitación como de mero derecho, lo que implica que no se requerirán pruebas adicionales. Finalmente, se negó la medida cautelar solicitada por los demandantes.
Extracto de la motiva
La Sala observa que las acciones de nulidad por razones de inconstitucionalidad interpuestas, tanto por el abogado Henry Pereira Gorrín, como por los ciudadanos Liliana de los Ángeles Hernández Soto, José Luis Farías Correa, Néstor Alejandro Arzola Olmos, Wilfredo Antonio Rojas Rodríguez, Salomón Segundo Centeno Huerta, Carlos Enrique Tamayo Bustillo, Abel Jesús Oropeza Villafañe, Elías Matta Wehbe, Pedro Segundo Blanco Higuera, Angel Emiro Vera y Norberto Antonio Peña Quintero; pretenden que se declare la nulidad de las normas impugnadas por considerar que éstas establecen restricciones y limitaciones a la libre convertibilidad de la moneda, las cuales constituyen materia de reserva legal, por lo que la delegación efectuada al Ejecutivo Nacional y al Banco Central de Venezuela para regular dicha materia, constituye infracción de los numerales 11 y 32 del artículo 156 de la Constitución en concordancia con los artículos 187, numeral 1, 136, 137,115, 50 y 112 eiusdem.
Dispositiva
1.- Se ACUMULA la causa contenida en el expediente nº 03-0527 a LA contenida en el expediente n° 03-0508, con el fin de que se dicte una sola decisión comprensiva de ambos procesos. 2.- Se NIEGA la medida cautelar innominada solicitada por el abogado Henry Pereira Gorrín y por los ciudadanos Liliana de los Ángeles Hernández Soto, José Luis Farías Correa, Néstor Alejandro Arzola Olmos, Wilfredo Antonio Rojas Rodríguez, Salomón Segundo Centeno Huerta, Carlos Enrique Tamayo Bustillo, Abel Jesús Oropeza Villafañe, Elías Matta Wehbe, Pedro Segundo Blanco Higuera, Angel Emiro Vera y Norberto Antonio Peña Quintero. 3.- Se declara la causa como asunto de MERO DERECHO, en consecuencia, se suprime el lapso probatorio y la primera etapa de la relación causa. 4.- Se declara la causa como asunto de URGENTE decisión, sin embargo se mantiene la segunda etapa de la relación de la causa, la cual comprende veinte (20) días de despacho.
Palabras clave
nulidadinconstitucionalidadcontrol de cambioslibre convertibilidadBanco Central de Venezuelamedida cautelarderechos constitucionalesreserva legal