Sentencia N° 1490 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de julio de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1490, Exp. 06-1860, 13/07/2007
Expediente06-1860
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-07-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia No. 02232 del 11 de octubre de 2006, dictada por la Sala Político Administrativa, que declaró parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) contra la decisión del Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Tributario. La Sala Constitucional determinó que la Sala Político Administrativa se apartó de la jurisprudencia establecida en decisiones anteriores, específicamente en relación con la causación de intereses moratorios, y que la aplicación retroactiva de un nuevo criterio jurisprudencial vulneraba la seguridad jurídica y la confianza legítima de la contribuyente. En consecuencia, se anuló la decisión objeto de revisión y se declaró la improcedencia de los intereses moratorios cargados a TELCEL, C.A.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al revisar la decisión de la Sala Político Administrativa, observó que esta última se apartó del criterio establecido en decisiones anteriores sobre la causación de intereses moratorios, específicamente en relación con la exigibilidad de la obligación tributaria. La Sala Político Administrativa había declarado que el vencimiento del plazo fijado para el cumplimiento de la obligación produce la mora generadora de intereses, lo cual contradecía el criterio de que los intereses moratorios se generan una vez que la obligación se hace exigible. La Sala Constitucional enfatizó la importancia de la seguridad jurídica y la confianza legítima en el ámbito tributario, concluyendo que la aplicación retroactiva de un nuevo criterio jurisprudencial atenta contra estos principios fundamentales.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara HA LUGAR la revisión solicitada por los apoderados judiciales de TELCEL, C.A., de la sentencia No. 02232 del 11 de octubre de 2006 dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, la cual declaró parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 9 de mayo de 2005, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario ejercido por los apoderados judiciales de Telcel, C.A. contra el acto administrativo contenido en la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo No. GRF/000205 del 4 de febrero de 2004, emanado de la Dirección General de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), mediante la cual se determinó y liquidó las cantidades allí expuestas por concepto de intereses moratorios. En consecuencia, se ANULA la decisión objeto de revisión, No. 2232 dictada por la Sala Político Administrativa dictada el 11 de octubre de 2006.
Palabras clave
intereses moratoriosrevisión constitucionalseguridad jurídicaconfianza legítimaCódigo Orgánico Tributarioobligación tributariamora automáticadecisión administrativa