Sentencia N° 1488 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de julio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1488, Exp. 07-0704, 13/07/2007
Expediente07-0704
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-07-13
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Luis Tamayo Rodríguez, defensor privado de los ciudadanos Mercedes María Vega Gutiérrez y Leonardo Salani Scalzitti. La apelación se refiere a una sentencia dictada el 24 de abril de 2007 por la Sala N° 9 de la Corte de Apelaciones, que había declarado inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala determina que el recurso fue interpuesto fuera del plazo establecido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

La Sala observa que en el caso de autos, el abogado José Luis Tamayo Rodríguez, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos Mercedes María Vega Gutiérrez y Leonardo Salani Scalzitti, se dio por notificado de la decisión que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional, el 30 de abril de 2007 y mediante diligencia del 14 de mayo de 2007, consignada ante la Sala Nº 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la referida Circunscripción Judicial, apeló sin fundamentación de la sentencia dictada el 24 de abril de 2007 por la mencionada Sala N° 9 antes citada. De allí que, constata la Sala que desde el 30 de abril de 2007– fecha en que se hizo efectiva la notificación- hasta el 14 de mayo de 2007– fecha en que el defensor privado apeló de la decisión-, habían transcurrido nueve (9) días hábiles en amparo, toda vez que durante el referido lapso transcurrieron: dos (2) días sábados, dos (2) días domingos y un (1) día feriado, por lo que el recurso de apelación fue interpuesto de forma extemporánea, es decir después de los tres (3) días señalados en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Luis Tamayo Rodríguez en su carácter de defensor privado de los ciudadanos MERCEDES MARÍA VEGA GUTIÉRREZ y LEONARDO SALANI SCALZITTI, y CONFIRMA la sentencia dictada el 24 de abril de 2007, por la Sala Nº 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen.

Palabras clave

amparo constitucionalinadmisibilidadrecurso de apelacióndebido procesoderechos fundamentalessentenciaCorte de Apelacionescompetencia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca