Sentencia N° 1488 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de junio de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1488, Exp. 03-0096, 05/06/2003
Expediente03-0096
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-06-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de una consulta relacionada con un juicio de amparo constitucional. Se determinó que la falta de comparecencia del presunto agraviado a la audiencia constitucional da por terminado el procedimiento, salvo que existan razones de orden público que justifiquen su continuación. En este caso, el accionante no asistió a la audiencia, lo que llevó a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo a declarar terminado el procedimiento.

Extracto de la motiva

Esta Sala ha establecido que la falta de comparecencia del presunto agraviado a la audiencia constitucional dará por terminado el procedimiento, salvo que concurran razones de orden público que aconsejen la continuación del mismo, en cuyo caso este Tribunal podrá inquirir sobre los hechos alegados en un lapso breve, conforme al principio general contenido en el artículo 11 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 14 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, según los cuales cuando se encuentre involucrado el orden público, el juez está facultado para tomar de oficio las providencias que creyere necesarias. Consta en autos que el accionante de autos no asistió a la audiencia fijada para el 19 de noviembre de 2002, lo que hizo que la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo declarara Terminado el Procedimiento. Siendo que la decisión en cuestión se ajusta a la mencionada doctrina, y que del examen de lo elegado no se desprende que haya una situación en donde esté involucrado gravemente el orden público, la misma debe ser confirmada íntegramente. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, CONFIRMA la decisión de la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo del 28 de noviembre de 2002, recaída en el juicio de amparo constitucional intentado por el ciudadano Pedro Antonio Pereira Olivares, contra la Comandancia General de la Aviación. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al referido Juzgado.

Palabras clave

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