Sentencia N° 1486 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de noviembre de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1486, Exp. 11-1276, 14/11/2012
Expediente11-1276
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-11-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por el abogado Manuel de Jesús Domínguez en representación de Pedro Ysrrael Magallanes. La decisión se basa en la falta de presentación de un poder notariado adecuado que acredite la representación del solicitante. La Sala establece que es necesario presentar copia certificada del poder para que la solicitud sea considerada admisible, de acuerdo con lo estipulado en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
Con fundamento en los razonamientos anteriores, la Sala estima que la presente solicitud de revisión resulta inadmisible de conformidad con lo establecido en el artículo 133 numerales 2 y 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, visto que el poder consignado en autos consta en copia simple. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión intentada por el abogado Manuel de Jesús Domínguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 41.605, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO YSRRAEL MAGALLANES, titular de la cédula de identidad N° 6.341.548, de la sentencia N° 2011-01095 dictada el 25 de julio de 2011, por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto contra el fallo dictado el 21 de junio de 2011, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital y, en consecuencia, declaró improcedente el amparo cautelar intentado conjuntamente con el recurso contencioso administrativo funcionarial, por el prenombrado ciudadano contra el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, por órgano del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.
Palabras clave
revisión constitucionalpoder judicialinadmisibilidadrepresentaciónLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia